Senado aprueba en lo general y particular reformas a la Ley Amparo; se turna a Diputados

El Senado de la República aprobó en lo general y por mayoría de votos, generalmente de Morena y sus aliados, las reformas a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo; donde establece que al tratarse de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales.

De modo que no se podrán suspender leyes ni obras del Gobierno, aun cuando los posibles afectados presenten un juicio de garantías. En la sesión ordinaria vespertina se aprobó con 69 votos a favor y 42 en contra, avalando en lo general la reforma.

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Por lo que alertó la oposición a que es un paso más hacia la destrucción del juicio de amparo como una herramienta eficiente para defender derechos humanos y es una reacción ante el fracaso que ha tenido el Presidente por imponer leyes autoritarias, así como el frenó de megaobras emblemáticas.

La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, argumentó que con la reforma “no estamos afectando derechos, ni por supuesto que estamos haciendo una regresión en las garantías y en la promoción de derechos y desde luego tampoco violentamos el principio de constitucionalidad”.

Ricardo Monreal Ávila, líder de Morena en el Senado y autor de la iniciativa de reforma, enfatizó que el cambio es para obligar al Poder Judicial a obedecer lo dispuesto por el Poder Legislativo; “te sujetas a la ley que estoy creando”.

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“Me parece muy grave, muy grave que el propio Poder Legislativo vaya a someterse, vaya a ser tapadera y tapete de la dictadura de la toga, porque son dictadores los jueces”, argumentó.

El senador zacatecano recordó el caso donde el juez Juan Pablo Gómez Fierro suspendió los efectos generales de la Ley de Hidrocarburos; considerando que el Legislativo debe ser respetado y esta iniciativa tiene este propósito.

VA EN LO PARTICULAR

El Senado de la República turnó a la Cámara de Diputados la reformas a la Ley de Amparo que limitan a jueces suspender leyes, reformas u obras impugnadas mediante el juicio de amparo, luego de un largo debate donde el oficialismo la avaló en lo general y en lo particular.

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Los cambios a los artículos 129 y 148 de la Ley Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales, establecen “tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales”.

Con un total de 66 votos a favor y 37 en contra, tras más de cinco horas de debates, Pleno de la Cámara Alta aprobó en lo general y en lo particular la reforma a los artículos 129 y 148 de dicha ley.

Por lo que la iniciativa a la Ley de Amparo será enviada a la Cámara de Diputados, donde será discutida y posiblemente aprobada. Para ser ratificada, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y estará vigente a partir del siguiente día.

(Con información de EL Universal y medios)